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Envejecimiento y Desarrollo en America Latina y el Caribe
Escuela de Ciencias del Envejecimiento - Cursos
Defendamos el derecho a la pensión alimentaria de las personas adultas mayores
La Vejez en Tiempo de Modernidad Líquida: incertidumbres y el temor al envejecimiento
Molecular Basis of Aging and Disease, 09-13 Septiembre
Family Life in the Age of Migration and Mobility, 16-20 Septiembre

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V Congreso de la Asociacion Portuguesa de Antropologia
Congreso ALACIP 2012 - Salud Global y Asuntos Internacionales
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I Congreso Latinoamericano de Gerontologia Comunitaria

LARNA

Segunda Reunion Latinoamerican Research Network of Ageing LARNA 2010
Third International Conference LARNA and Network Meeting
Cuarta Conferencia Internacional LARNA y Reunion de Trabajo

Otros Eventos

Presentación del libro de la Dra. Josefina Pantoja
Conversacion con la Dra. Veronica Montes de Oca

Material de Divulgación

Declaracion Asociacion Latinoamericana de Medicina Social (ALAMES)
Articulos Interesantes del Dr. Feliciano Villar
Los Derechos de las Personas Mayores
Foro Internacional Sobre los Derechos de las Personas Mayores
Tercera Conferencia Regional Intergubernamental Costa Rica 2012

Recuadro: Datos a tener presente

Algunos propósitos de la Convención Internacional en Defensa de los Derechos de los Adultos y las Adultas Mayores, algunos datos para recordar:

* La DECLARACION UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS (1948), en su artículo 22, refiere que “toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social...”

* En el PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS ECONOMICOS, SOCIALES Y CULTURALES (1966), los Estados reafirman que “reconocen el derecho de toda persona a la Seguridad Social, incluso al seguro social (artículo 9); el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia (artículo 11); el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental (artículo 12)”.

* El Protocolo Adicional a la Convención Interamericana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, PROTOCOLO DE SAN SALVADOR (1988), confirma que “toda persona tiene derecho a la seguridad social que la proteja contra las consecuencias de la vejez y de la incapacidad que la imposibilite física o mentalmente para obtener los medios para llevar una vida digna y decorosa” (artículo 9); “...derecho a la salud, entendida como el disfrute del más alto nivel de bienestar físico, mental y social...” y reconocida como bien público (artículo 10); “...protección especial durante su ancianidad...” (artículo 17)

Fuente: Boletín de la COORDINACION DE ORGANISMOS REGIONALES DE LA SOCIEDAD CIVIL (CORV) DE AMERICA LATINA Y EL CARIBE, “Envejecer con Derechos”. La editora responsable es Aura Marlene Márquez ( auramarquezh@etb.net.co ), del Grupo Interinstitucional de Estudios sobre Envejecimiento (GIEE) de Colombia. Por Argentina integra el equipo editorial Santiago Pszemiarower ( santipsz@ar.inter.net ), de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) Argentina. Para más información visitar la página de Internet de la CORV, www.corv.org o enviar un correo electrónico a envejecerconderechos@gmail.com

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Frases

Jules Renard
La vejez existe cuando se empieza a decir: Nunca me he sentido tan joven
Ebner Eschenbach
En la juventud aprendemos, en la vejez entendemos
Jean-Louis Barrault
La edad madura es aquella en la que todavía se es joven, pero con mucho más esfuerzo
Pitágoras de Samos
Una bella vejez es, ordinariamente, la recompensa de una bella vida